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Ministerio de Agricultura recuerda vigencia del seguro de enfermedades exóticas en aves

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Dentro de las condiciones mínimas de aseguramiento, las y los productores avícolas de traspatio deberán contar con el Rol Único Pecuario (RUP) y un lugar de confinamiento de las aves. Mientras que las y los de planteles industriales deberán contar con el RUP, la Declaración de Existencia Animal (DEA) del SAG actualizada, control de ingreso y egreso y manejo sanitario.

(Santiago, 5 de febrero 2025): El ministro de Agricultura, Esteban Valenzuela, reiteró hoy que durante todo el año está vigente en el país el Seguro de Enfermedades Exóticas en Aves que protege a las y los productores avícolas de traspatio y de planteles industriales, hasta 20.000 aves, frente al contagio por Influenza Aviar y que fue contratado directamente por Agroseguros como parte de la estrategia de combate sanitario de la cartera que busca como objetivo la denuncia temprana.

“Existen ciertos requisitos mínimos para que las y los avicultores puedan ser beneficiarios de este seguro. Por ello, hago un llamado a informarse oportunamente. Y particularmente, a la industria a actualizar a la brevedad la Declaración de Existencia Animal del SAG y, de esta manera, dar cumplimiento a uno de los requisitos en el caso de ser afectados por alguna de las enfermedades descritas en la póliza”, recalcó el secretario de Estado.

Por su parte, el director de Agroseguros, Alberto Niño de Zepeda, explicó que la entidad licitó una póliza innominada con cobertura anual que asegura el rubro de las aves contra enfermedades exóticas, tanto las aves de traspatio con productores hasta 1.000 aves, como a los planteles industriales de productores de 1.001 hasta 20.000 aves. Precisó que las y los productores de hasta 20 mil ya cuentan con el seguro y no se requiere una inscripción para aquello.

El seguro cubre sacrificios sanitarios de aves que sean decretados por el Servicio Agrícola y Ganadero, a raíz de la presencia de alguna de las enfermedades cubiertas, tales como Influenza aviar, Micoplasmosisaviar (mycoplasmameleagridis), Newcastle, Hepatitis viral del pato, Tifosis (Salmonella gallinarum) y Pulorosis (Salmonella pullorum). “El seguro operará siempre y cuando exista una resolución de sacrificio oficial emitida por el SAG, en caso de que se demuestre la presencia de la enfermedad o en caso de que haya riesgo de contagio dentro de un área cercana a un foco de enfermedad”, precisó Niño de Zepeda.

Respecto al proceso de liquidación, el director nacional del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), José Guajardo Reyes, explicó que “ante una sospecha de contagio, las y los avicultores deben informar de inmediato al SAG. Esta acción es clave para que podamos verificar la presencia de la enfermedad y, en caso de confirmarse, emitir la Resolución y el Acta de Sacrificio, detallando la cantidad y tipo de aves afectadas. Dicha información se envía a Agroseguros para gestionar la indemnización correspondiente. La detección temprana es fundamental para contener la propagación de enfermedades exóticas como la influenza aviar, cuyo riesgo aumenta en esta temporada debido a la migración de aves. Una respuesta rápida no solo protege la producción avícola, sino que también resguarda la sanidad animal y la seguridad alimentaria del país”.

En el caso de planteles de hasta 200 aves la indemnización será realizada, a partir de los antecedentes entregados por el SAG, sin la necesidad del informe de liquidación y en el plazo de 6 días corridos. Para las y los productores de más de 200 aves el liquidador deberá hacer un informe de liquidación y el pago de la indemnización se deberá realizar antes del plazo de 29 días corridos.

Para más información sobre este seguro y a las condiciones mínimas de aseguramiento que las y los productores deben cumplir en cuanto a los protocolos de bioseguridad se recomienda revisar la página web www.agroseguros.gob.cl

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